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Condiciones Generales de Subasta



1) Se reconoce como:

a. LA SUBASTADORA: a la sociedad mercantil CASA DE SUBASTAS ODALYS, C.A.
b. EL PARTICIPANTE: la persona que teniendo interés en estar presente en el acto de subasta, sea admitido por LA SUBASTADORA, haya constituido garantía suficiente, según el criterio de LA SUBASTADORA y se le haya hecho entrega de la PALETA DE PUJA NUMERADA.
c. EL POSTOR: al partícipe del acto de subasta que realice una postura por un lote determinado manifestando su voluntad de comprar al alzar la PALETA DE PUJA NUMERADA.
d. EL MEJOR POSTOR: el oferente de la mayor cantidad dineraria que realiza la mejor postura, el cual se verifica en la persona que levantó de último la PALETA DE PUJA NUMERADA para la compra de un BIEN o LOTE subastado.
e. EL COMPRADOR: el MEJOR POSTOR o adjudicatario de un BIEN o LOTE subastado, con quien se perfecciona el contrato de compraventa.
f. PRECIO BASE: cantidad dineraria que constituye la oferta inicial de venta para las posturas, con la que LA SUBASTADORA inicia la subasta de un BIEN.
g. PRECIO DE VENTA: a la prestación esencial de EL COMPRADOR, que consiste en el PRECIO DE MARTILLO, los HONORARIOS DE LA CASA y los impuestos de ley sobre los honorarios.
h. PRECIO DE MERCADO: precio referencial de un BIEN o LOTE determinado, que representa exclusivamente la opinión que, en base a su experticia, emite LA SUBASTADORA, y se fundamenta en operaciones anteriores de subasta, en la oferta y la demanda actual, así como en la fama y reputación del autor o autores de cuyas obras se trate, el cual no vincula en modo alguno a las partes involucradas en las operaciones.
i. PRECIO DE GALERÍA: precio referencial de un BIEN o LOTE determinado, que representa exclusivamente la opinión de la galería que representa al artista o del mismo artista, siendo en todo caso un precio solo referencial y nunca vinculante a la opinión de LA SUBASTADORA.
j. PALETA DE PUJA NUMERADA: instrumento esencial para participar en el acto de subasta, que identifica a cada persona acreditándole la cualidad de POSTOR para hacer posturas y pujar válidamente, sirviendo a su vez, al levantarlo, como señal inequívoca de manifestación de la voluntad expresa de comprar un BIEN o LOTE determinado y de pagar el PRECIO DE MARTILO.
k. EL VENDEDOR: la persona natural o jurídica que en base al interés de vender un bien de su propiedad, a través de LA SUBASTADORA, previa aceptación de ésta y con cabal sometimiento al presente contrato y a las Condiciones Generales de Subasta, entregue dicho bien.

2) LA SUBASTADORA se reserva el derecho de inscripción y admisión del público en general, tanto a la exposición de las obras a subastar, como al acto mismo de subasta. Las actividades de LA SUBASTADORA son de derecho privado, razón por la cual ella establece las condiciones y normas a las cuales todos los participantes deben atenerse.

3) Sólo los participantes pueden presenciar el acto de subasta, debiendo en todo momento mantener una conducta acorde con las buenas costumbres, el respeto a los demás participantes y a los organizadores, debiendo coadyuvar en la tranquilidad de todos y la concentración que es propia de los actos de subasta. Ello comporta el abstenerse de efectuar ruidos o actos que obstruyan el normal desenvolvimiento de la subasta.

4) Los participantes se abstendrán de distraer o abordar a otros participantes. De encontrarse presente en el acto de subasta un consignatario, un vendedor, un galerista o un marchante de arte, con el carácter de participante, queda obligado a no ofrecer sus obras a ningún otro participante. En caso de contravención quedará sometido a las sanciones en materia de competencia desleal y sujeto a resarcir los daños civiles.

5) LA SUBASTADORA se reserva el derecho exclusivo de incluir o excluir tanto de la exposición como de la subasta, sin previo aviso, cualquiera de las obras de arte que la constituyen.

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